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Audiencia Constitucional del Juicio de Amparo Comunidad Tecoltemi

Comunicado de prensa

 

Juicio de Amparo promovido por la Comunidad Indígena de Tecoltemi

contra concesiones mineras, llega a un momento decisivo.

 

Juzgado tiene la oportunidad de pronunciarse no sólo por las violaciones cometidas contra la  comunidad,  sino  también  por  el  carácter  inconstitucional  e  inconvencional  de  la  Ley Minera.

 

(Descargar comunicado en PDF)

El  Lunes  05  de  marzo  se  llevará  a  cabo  la  Audiencia  Constitucional  del  Juicio  de  Amparo  que  la Comunidad Nahua y Ejido de Tecoltemi interpuso en abril de 2015 en contra de dos concesiones mineras que la Secretaría de Economía otorgó  en  2003 y  2009 a la minera canadiense  Almaden Minerals.  Dichas  concesiones,  de  nombres  Cerro  Grande  y  Cerro  Grande  2,  fueron  entregadas afectando a diversas comunidades del municipio de Ixtacamaxtitlán, en la Sierra Norte de Puebla, entre las que se encuentra Tecoltemi. 

En  la  demanda  de  amparo,  que  ha  sido  acompañada  por  Fundar  y  por  el  Consejo  Tiyat  Tlali,  la comunidad indígena alega que el Estado Mexicano no contó con su consentimiento para otorgar las  concesiones  sobre  su  territorio,  y  que  tampoco  realizó  consulta  alguna  al  respecto.  La comunidad  también  considera que fue violado  su derecho a la tierra y al territorio, pues con las concesiones,  el  Estado  entregó  a  un  particular  la  posibilidad  de  disponer  de  sus  tierras  y  de  los recursos en ellas contenidos, para fines de la minería. Debido a estas violaciones, Tecoltemi pide se ordene la cancelación de los títulos de concesión.

Tras  casi  tres  años  de  juicio,  y  después  de  diversas  estrategias  intentadas  por  la  empresa  para  concluirlo sin que se dictara sentencia, finalmente el Juzgado de Amparo deberá estudiar el fondo del asunto, y analizar no sólo las violaciones cometidas por la Secretaría de Economía al emitir las concesiones en el territorio de Tecoltemi, sino también las violaciones cometidas por el Congreso de la Unión y el Presidente de la República al haber dictado desde 1992 diversos artículos de la Ley Minera que son contrarios a la Constitución y a Tratados Internacionales, pues ponen a disposición de  las  empresas  mineras  las  tierras  y  territorios  de  los  núcleos  agrarios  y  de  las  comunidades indígenas, en violación a derechos ya reconocidos.

Tras  la  realización  de  la  Audiencia  Constitucional,  el Juzgado  Segundo  de  Distrito  en  Materia  de Amparo  Civil,  Administrativa,  de  Trabajo  y  de  Juicios  Federales  en  el  Estado  de  Puebla,  dictará sentencia, la cual sin duda será relevante no  sólo para Tecoltemi, sino  también para los pueblos originarios y los núcleos agrarios del país, que están defendiendo la vida de sus comunidades ante la imposición de megaproyectos.

2 comentarios

  • virginia

    Mar 08, 2018

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    IMDEC, thanks a lot for the article post.Much thanks again. Fantastic.

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